¡YA
BASTA!
La
famosa acción popular llegó
a su punto final y se acabaron las especulaciones
sobre el fallo. Una nueva victoria jurídica
de Marta Sáenz Correa sobre sus opositores.
Marta
Sáenz gana acción popular

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Jorge
Burgos Vellojín ha perdido los
últimos rounds con la gobernadora
Marta Sáenz Correa.
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Montería.
La gobernadora de Córdoba, Marta Sáenz
Correa le ganó ayer una trascendental
batalla a sus contradictores políticos,
luego de que el Juez Tercero Administrativo
de Montería, César De la Cruz
Ordosgoitia, decidiera a su favor la acción
popular interpuesta por el diputado Jorge
Burgos Vellojín.
Indicó el Juez que su juzgado no tenía
la competencia para decidir si Marta Sáenz
está inhabilitada o no para ejercer
el cargo que ostenta y además decidió
declarar probada la caducidad para poder impugnar
la inscripción de Marta Sáenz
Correa como candidata a la Gobernación
de Córdoba.
La acción popular de Burgos Vellojín
fue instaurada contra la Registraduría
Nacional del Estado Civil, el Consejo Nacional
Electoral y el Partido Liberal Colombiano.
Las partes interesadas en el proceso comenzaron
a ser notificadas desde el pasado jueves en
horas de la tarde.
Este fallo le da mucha más tranquilidad
a la Mandataria para seguir gobernando, pero
todavía queda por resolver la demanda
electoral que interpusieron algunos uribistas
y el veedor Carlos Valera Pérez ante
el Tribunal Contencioso Administrativo de
Córdoba, que deberá resolver
este caso en primera instancia y el Consejo
de Estado en segunda instancia.
Cero
y van cuatro
Una
determinante batalla jurídica le acaba de ganar Marta Sáenz
Correa a sus contradictores políticos. Para lo único que
sirvió la acción popular fue para demorar la posesión
de la Gobernadora.
Se acabó novela de la acción popular
Marta
Sáenz Correa ya fue notificada del fallo del Juzgado Tercero
Administrativo.
Montería.
El Juzgado Tercero Administrativo de Montería le puso fin
a la novela de la acción popular instaurada por el diputado Jorge
Burgos Vellojín, que buscaba tumbar del cargo a la gobernadora
de Córdoba, Marta Sáenz Correa.
El juez César De la Cruz Ordosgoitia decidió terminar
el caso indicando que se había agotado el tiempo para demandar
la inscripción de Marta Sáenz Correa como candidata a
la Gobernación y dejando entrever que su juzgado no tenía
la competencia para decidir si Sáenz está inhabilitada
o no para ejercer el cargo que ostenta.
La acción popular de Burgos Vellojín fue instaurada contra
la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Consejo Nacional
Electoral y el Partido Liberal Colombiano.
El demandante le pidió al juez declarar sin efecto la resolución
del Partido Liberal que declaró como candidata de ese movimiento
a la Gobernación de Córdoba a Marta Sáenz.
Dentro de los considerandos que expone el juez en su providencia, indica
que el despacho a su cargo no puede dejar sin efectos la resolución
que declaró candidata a Marta Sáenz Correa, ya que el
órgano que lo expide, en este caso el Partido Liberal, no es
un ente de carácter público sino particular.
Indica que la forma de anular el acto proferido por el Partido Liberal
para fungir como candidata a Marta Sáenz, es pedir la revocatoria
ante el Consejo Nacional Electoral, dentro de los 20 días siguientes
a la adopción de la decisión.
Precisa el juez César De la Cruz Ordosgoitia que la resolución
del Partido Liberal no fue objetada o reclamada, lo que indica que se
dejó precluir esa oportunidad. Añade que frente al tema
de las inhabilidades electorales, cuando un candidato se encuentre incurso
en alguna de las causales de configuración de inhabilidad "resulta
imperativo acudir a la jurisdicción contenciosa administrativa,
a través de la acción electoral".
Estima el Juez que "resulta improcedente para este despacho judicial
ejercer un control sobre el acto de inscripción de la candidata
a la Gobernación de Córdoba (...) adentrarse en la existencia
de una inhabilidad de Marta Sáenz Correa sería usurpar
funciones o competencias que no tiene el juez administrativo en la acción
popular, puesto que la acción adecuada es la de nulidad electoral".
Por todo lo anteriormente expuesto, el Juez Tercero Administrativo decidió
declarar probada la caducidad para poder impugnar la inscripción
de Marta Sáenz como candidata a la Gobernación.

Las
otras tres batallas perdidas
Montería.
Tres nuevas batallas jurídicas perdieron los contradictores de
la gobernadora Marta Sáenz Correa en el mes de julio. El escenario
fue el Consejo de Estado.
El pasado 3 de julio el Consejo de Estado, en su Sección Primera,
falló a favor de la Gobernadora una acción de tutela presentada
por el diputado Jorge Burgos Vellojín, quien instauró
una acción popular contra la elección de la Gobernadora,
la cual, como medida cautelar, decidió no dejar posesionar a
Marta Sáenz Correa hasta resolverla, pero luego el mismo juez
decretó la nulidad de todo lo actuado y por ello el Diputado
apeló. Este recurso fue negado y puso entonces el de reposición,
el cual también fue resuelto en su contra.
Este fallo pasó al Tribunal Administrativo de Córdoba,
que decidió fallar a favor de Sáenz Correa y por ello
al final Burgos Vellojín entuteló al Tribunal ante el
Consejo de Estado, que finalmente resolvió el lío jurídico.
El Consejo de Estado consideró que el Juzgado Tercero Administrativo
no vulneró el debido proceso, pues el demandante ha participado
activamente en la acción popular, interponiendo recursos que
han sido resueltos oportunamente por el Juez.
La
segunda derrota
Francisco Miguel Hernández Muskus entuteló a la Sección
Quinta del Consejo de Estado, por haber revocado la medida de suspensión
provisional del cargo de gobernadora a Marta Sáenz Correa, luego
de que el Tribunal Contencioso Administrativo de Córdoba la suspendiera
al aceptar la demanda de tipo electoral.
Según el demandante, la acción ejecutada por el Consejo
de Estado configura una vía de hecho, es decir que no se actuó
de acuerdo a la ley, y se viola el debido proceso.
El Consejo de Estado consideró que la tutela no es la vía
para hacer este tipo de reclamaciones, porque, en primer lugar: la acción
de tutela es improcedente contra providencias judiciales, salvo que
esta vulnere el derecho de acceso a la administración de justicia.
Indica el Consejo que el demandante puede controvertir los argumentos
durante el proceso, ya que el fallo de la demanda electoral no se ha
definido en primera instancia. Y en caso de que este le sea adverso,
tendría a su alcance el recurso de apelación ante el Consejo
de Estado. Dice que la tutela es improcedente, porque a Hernández
Muskus le brindaron todas las garantías para hacer valer sus
derechos.
La
tercera derrota
El diputado Jorge Burgos Vellojín también entuteló
ante la Sección Primera del Consejo de Estado al Consejo Nacional
Electoral, porque consideró que se violó el debido proceso
y el acceso a la administración de justicia, cuando los magistrados
decidieron declarar electa a la Gobernadora Marta Sáenz Correa.
El Consejo de Estado indicó que la acción de tutela en
este tipo de casos es improcedente, pues hay otros mecanismos para ello,
como la acción de nulidad electoral.
Sigue
la guerra
Lo
que falta por resolver
Montería.
Luego de que se resolviera la acción popular a favor de la gobernadora
Marta Sáenz Correa, todavía queda pendiente una demanda
electoral.
La demanda fue interpuesta por varios accionantes en el Tribunal Contencioso
Administrativo de Córdoba, que al aceptar la acción jurídica
determinó suspender a la Gobernadora hasta tanto no se resolviera
el caso.
Sin embargo, esta medida cautelar fue apelada por la defensa de la mandataria
ante el Consejo de Estado, que decidió resolverla en favor de
Sáenz y por ello se encuentra en la actualidad en el cargo.
En estos momentos la demanda de nulidad electoral se encuentra en la
etapa probatoria y las partes están aportando los documentos
con los cuales se soporta el caso.
Cuando el Tribunal Contencioso Administrativo de Córdoba falle,
bien sea a favor o en contra de la gobernadora Sáenz Correa,
la medida podrá ser apelada ante el Consejo de Estado, que es
el ente que tiene la última palabra en este tipo de situaciones.