Circular No 000248 del 19 noviembre 2025
De conformidad con el Decreto 4791 de 2008, que en su artículo 18 establece “Control, asesoría y apoyo. Respecto del Fondo de Servicios Educativos, corresponde a las entidades territoriales certificadas en educación ejercer el control interno, brindar asesoría y apoyo administrativo, contractual, financiero, presupuestal y contable de acuerdo con las normas vigentes. La entidad territorial certificada debe ejercer seguimiento en la administración y ejecución de los recursos de los fondos de servicios educativos, para lo cual el establecimiento educativo debe suministrar toda la información que le sea solicitada”, se requiere que los Rectores y Directores Rurales de los Establecimiento Educativos de los municipios no certificados del Departamento de Córdoba, diligencien el formulario INFORMACION INSTITUCIONES EDUCATIVAS, el cual pueden encontrar en el link https://forms.gle/iuJ1svuBrLhMwbzx9 ; El plazo máximo para diligenciar este documento es el 28 de noviembre de 2025.
El incumplimiento a lo establecido en la presente circular, será causal de remisión a Control Interno Disciplinario para que inicie las acciones disciplinarias según lo establecido en la Ley 1952 de 2019.