Entes y autoridades que lo vigilan.
Contraloría General de la República
La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas. La ley 42 de 1993 Artículo 4° Establece “El control fiscal es una función pública, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles. Este será ejercido en forma posterior y selectiva por la Contraloría General de la República, las contralorías departamentales y municipales y conforme a los procedimientos, sistemas, y principios que se establecen en la presente Ley”.
Dirección: Carrera 69 No 44-35, Bogotá, Colombia
PBX: (+57) 601 518 7000
Correo: cgr@contraloria.gov.co
https://www.contraloria.gov.co/
Contraloría General de Córdoba
La Contraloría General de Córdoba ejerce control fiscal es una función pública, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
La vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el control financiero, de gestión y de resultados, fundando en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales.
Art. 268 de la Constitución Política: El contralor de la República tendrá las siguientes atribuciones:
1. Prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas los responsables del manejo de fondos o bienes de la Nación e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deberán seguirse.
2. Revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario y determinar el grado de eficiencia, eficacia y economía con que hayan obrado.
3. Llevar un registro de la deuda pública de la Nación y de las entidades territoriales.
4. Exigir informes sobre su gestión fiscal a los empleados oficiales de cualquier orden y a toda persona o entidad pública o privada que administre fondos o bienes de la Nación.
5. Establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma.
Dirección: Calle 25 # 8 - 54 Monteria - Cordoba
Teléfono:(57 4) 7820173
Correo: contralor@contraloriadecordoba.gov.co
https://www.contraloriadecordoba.gov.co/
Procuraduría General de la República
Ejerce, de acuerdo a lo establecido en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia de 1991, el control disciplinario del servidor público, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público.
Dirección: Carrera 5 # 15-80, Bogotá D.C., Colombia
PBX: +57 1 587 8750
Correo: quejas@procuraduria.gov.co
https://www.procuraduria.gov.co/portal/
Fiscalía General de la República
Ejerce, de acuerdo a lo establecido en el artículo 250 de la Constitución Política de Colombia de 1991, La Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias fácticas que indiquen la posible existencia del mismo. No podrá, en consecuencia, suspender, interrumpir, ni renunciar a la persecución penal, salvo en los casos que establezca la ley para la aplicación del principio de oportunidad regulado dentro del marco de la política criminal del Estado, el cual estará sometido al control de legalidad por parte del juez que ejerza las funciones de control de garantías. Se exceptúan los delitos cometidos por Miembros de la Fuerza Pública en servicio activo y en relación con el mismo servicio.
Dirección: Avenida Calle 24 No. 52 – 01(Ciudad Salitre), Bogotá D.C., Colombia
PBX: +57 60 (1) 570 20 00
Correo: ges.documentalpqrs@fiscalia.gov.co
https://www.fiscalia.gov.co/colombia/
Defensoría General de la República
Artículo 282. La ley determinará lo relativo a la organización y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo como ente autónomo administrativa y presupuestalmente. El Defensor del Pueblo velará por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:
1. Orientar e instruir a los habitantes del territorio nacional y a los colombianos en el exterior en el ejercicio y defensa de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de carácter privado.
2. Divulgar los derechos humanos y recomendar las políticas para su enseñanza.
3. Invocar el derecho de Habeas Corpus e interponer las acciones de tutela, sin perjuicio del derecho que asiste a los interesados.
4. Organizar y dirigir la defensoría pública en los términos que señale la ley.
5. Interponer acciones populares en asuntos relacionados con su competencia.
6. Presentar proyectos de ley sobre materias relativas a su competencia.
7. Rendir informes al Congreso sobre el cumplimiento de sus funciones.
8. Las demás que determine la ley.
Dirección: Calle 55 No. 10-32, Bogotá D.C - Colombia, Bogotá D.C., Colombia
PBX: (60) (1) 314 40 00
PBX: (60) (1) 314 73 00
Correo: correoquejasprotestasocial@defensoria.gov.co
https://www.defensoria.gov.co/
Asamblea Departamental
Representar la Comunidad y ejercer el control político a la gestión de la administración departamental a través de las ordenanzas, resoluciones y proposiciones, de acuerdo a lo estipulado en la Constitución y la Ley.
Dirección: Carrera 4 No. 26-27 Montería – Córdoba
Teléfono: +57 (604)7894441
Correo Institucional: contactenos@asamblea-cordoba.gov.co
Correo de notificaciones: notificacionjudicial@asamblea-cordoba.gov.co
https://asamblea-cordoba.gov.co/
Departamento Administrativo de la Función Pública
El Decreto 188 del 26 de enero de 2004, en el cual consolida la actual estructura administrativa del Departamento Administrativo de la Función Pública. En esta reforma se destacan los siguientes aspectos:
Además de formular y promover las políticas e instrumentos en empleo público, organización administrativa, control Interno, racionalización de trámites, el Departamento deberá evaluar el impacto que las mismas tienen en la Administración Pública.
La integralidad del Sistema de Empleo Público, dimensionándolo y articulándolo, como política de Estado, en los siguientes componentes: Planificación del Empleo, Gestión de las Relaciones Humanas y Sociales, Gestión del Desarrollo, Gestión del Empleo, Gestión del Desempeño, Organización del Empleo; Sistemas de Clasificación y Nomenclatura, Administración de Salarios y Prestaciones Sociales; Democratización de la Administración Pública y Sistema de Desarrollo Administrativo.
Dirección: Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C.
PBX: (+57) 601 7395656
Correo Institucional: eva@funcionpublica.gov.co
Correo de notificaciones: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co
https://www.funcionpublica.gov.co/
Contaduría General de la Nación
En relación con el Artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, Corresponde al Contador General las funciones de unificar centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las norma contables que deben regir en el país, conforme a la Ley.
Dirección: Calle 26 No 69 - 76, Edificio Elemento, Torre 1 (Aire) - Piso 15, Bogotá D.C., Colombia
Teléfono Conmutador: +57(601) 492 64 00
Correo Institucional: contactenos@contaduria.gov.co
Correo de notificaciones judiciales: notificacionjudicial@contaduria.gov.co
http://www.contaduria.gov.co/
Comisión Nacional del Servicio Civil
Acorde con el artículo 130 de la Constitución Política Colombiana, la Comisión Nacional del Servicio Civil, es "responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial”.
La Comisión se propone posicionar el mérito y la igualdad en el ingreso y desarrollo del empleo público; vela por la correcta aplicación de los instrumentos normativos y técnicos que posibiliten el adecuado funcionamiento del sistema de carrera; y genera información oportuna y actualizada, para una gestión eficiente del sistema de carrera administrativ
Dirección: Carrera 16 No. 96 - 64, Piso 7 - Bogotá D.C., Colombia
Pbx: (+57) 601 3259700
Línea nacional 01900 3311011
Línea Anticorrupción: (+57) 601 3259700 ext. 4000
Correo: atencionalciudadano@cnsc.gov.co
Correo exclusivo para notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@cnsc.gov.co
https://www.cnsc.gov.co/
Departamento nacional de planeación
Son funciones del Departamento Nacional de Planeación (DNP), además de las que determina el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las establecidas en el Decreto 1893 de 2021? Artículo 3??:
Dirección: Calle 26 # 13-19 - Edificio ENTerritorio / Bogotá D.C., Colombia
Teléfono Conmutador: +57 601 381 50 00
Línea gratuita anticorrupción: 01 8000 12 12 21
Canal anticorrupción: denunciassgr@dnp.gov.co
Buzón de notificaciones DNP: notificacionesjudiciales@dnp.gov.co
https://www.dnp.gov.co/DNPN/Paginas/default.aspx
Archivo general
De conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1989, Decreto 1777 de 1990 y Decreto 106 de 2015, las cuales son:
Establecer, organizar y dirigir el Sistema Nacional de Archivos, con el fin de planear y coordinar la función archivística en toda la Nación, salvaguardar el patrimonio documental del país y ponerlo al servicio de la comunidad.
1. Fijar políticas y expedir los reglamentos necesarios para garantizar la conservación y el uso adecuado del patrimonio documental de la Nación, de conformidad con los planes y programas que sobre la materia adopte la junta.
2. Seleccionar, organizar, conservar y divulgar el acervo documental que integre el Archivo de la Nación así como el que se le confíe en custodia.
3. Formular, orientar, coordinar y controlar la política nacional de archivos, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo y los aspectos económicos, sociales, culturales, científicos y tecnológicos de los archivos que hagan parte del Sistema.
4. Promover la organización y fortalecimiento de los archivos del orden nacional, departamental, intendencial, comisarial, municipal y distrital para garantizar la eficacia de la gestión del Estado y la conservación del patrimonio documental, así como apoyar a los archivos privados que revistan especial importancia cultural o histórica.
5. Establecer relaciones y acuerdos de cooperación con instituciones educativas culturales, de investigación y con archivos extranjeros.
6. Apoyar la organización de archivos especializados en las distintas áreas del saber, así públicos como privados.
7. Regular y racionalizar la producción, gestión y administración de los archivos de la administración pública.
9. Apoyar la investigación de la información contenida en los distintos archivos de la nación a partir de fuentes primarias y el uso y consulta de los archivos para las decisiones de la gestión administrativa.
Dirección: Carrera 6 No. 6 - 91 Bogotá D.C. Colombia
Teléfono conmutador: +57 (601) 328 2888
Correo:contacto@archivogeneral.gov.co
Correo exclusivo para notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@archivogeneral.gov.co
http://www.archivogeneral.gov.co/
Fecha de publicación 07/09/2022
Última modificación 08/09/2022